PRESENCIA CALDENSE

Estamos hechos del mismo tejido de nuestros sueños

Shakespeare

Alumno vigoroso

Alumno vigoroso
¿Reconoce usted a este joven entre los alumnos de once de la tarde?

martes, 19 de junio de 2012

JUVENTUD Y VIOLENCIA


JUVENTUD Y VIOLENCIA




Por John Jairo Botero G



La cultura del terror /4

“Fue en un colegio de curas, en Sevilla. Un niño de nueve años, o diez, estaba confesando sus pecados por vez primera. El niño confesó que había robado caramelos, o que había mentido a la mamá, o que había copiado al vecino de pupitre, o quizá confesó que se había masturbado pensando en la prima. Entonces, desde la oscuridad del confesionario emergió la mano del cura, que blandía una cruz de bronce. El cura obligó al niño a besar a Jesús crucificado, y mientras le golpeaba la boca con la cruz, le decía:

- Tú lo mataste, tú lo mataste.

Julio Vélez era aquel niño andaluz arrodillado. Han pasado muchos años. El nunca pudo arrancarse eso de la memoria”.



Eduardo Galeano “El libro de los abrazos”





Cuando la incertidumbre es la única certeza - alejados de las dimensiones de la insensibilidad emocional, el narcisismo y la impulsividad-, la  delincuencia juvenil es déficit de capital social, que va con arquetipos, desde Freud y el desplazamiento,  hasta la sublimación de la muerte.



El delito es un “ente jurídico”, es decir, un ser del mundo del derecho, compuesto de tres partes (objeto – sujeto-  fuerza) y  definible como la violación o el abandono de la ley, la que señala cuáles  actos son susceptibles de serle reprochados al hombre y cuáles no.

En tal virtud delincuente es el adjetivo, de aquel que delinque, que comete un delito.

La delincuencia como fenómeno social, es una rama de la sociología general, cuyo objeto es el estudio de los fenómenos sociales que se refieren al derecho. De allí que el centro de gravedad del desarrollo del derecho, no reside en la legislación, ni en la ciencia jurídica, ni en la jurisprudencia, sino en la sociedad misma". (Eugene Ehrlich 1906).





En el artículo 1º de la Convención sobre los Derechos del Niño, se entiende por menor, toda persona con una edad inferior a los “dieciocho años de edad, salvo que en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad”. Por lo tanto, los compromisos suscritos en los Convenios Internacionales de Derechos Humanos  en la materia, le exigen a los Estados la adopción de mecanismos jurídicos idóneos que propugnen por la efectividad de los derechos de los niños y niñas en sus respectivas jurisdicciones[1], y la adopción de decisiones en los niveles domésticos que aseguren su bienestar y consulten el interés superior del menor[2].



Los medios de comunicación al convertirse en “hacedores de la cultura”, manejan la verdad y justifican dicho tipo de delincuencia en causas orgánicas, fisiológicas, patológicas; influencias externas como el medio en el que se desarrollan los primeros actos de su vida, la carencia de afecto y atención por parte de los padres o simplemente mala orientación; hasta allí llega la sinceridad y expectativa del llamado cuarto poder.



Por cuanto hace a la edad en que podemos referirnos a la delincuencia juvenil, participamos del criterio de estimar como tal a los que cuentan con más de 14 años de edad.


El menor infractor lo podrá ser hasta los 14 años de edad, a partir de este límite, deberá ser considerado como delincuente juvenil con los grados de responsabilidad



Al establecer el límite de los catorce años de edad para exigir la responsabilidad penal a los menores de edad, reconocemos la diferencia, en el ámbito de aplicación de la Ley y de la graduación de las consecuencias por los hechos cometidos, dos tramos que requieren, desde el punto de vista científico y jurídico, un tratamiento explicito. El primer tramo se ha establecido de catorce a dieciséis años y el segundo de dieciséis a dieciocho años.



En nuestro país se pregona: “(…) Es inimputable quien en el momento de ejecutar la conducta típica y antijurídica no tuviere la capacidad de comprender su ilicitud o de determinarse de acuerdo con esa comprensión, por inmadurez sicológica, trastorno mental, diversidad sociocultural o estados similares.

No será inimputable el agente que hubiere pre ordenado su trastorno mental.

Los menores de dieciocho (18) años estarán sometidos al Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil (…)”  (Artículo 33 de la Ley 599 de 2000).



La Constitución de 1991, estructurada sobre la noción del Estado social y democrático de derecho, concede una protección integral al menor, fundada en unos principios y garantías constitucionales establecidas para todos los niños y niñas, los cuáles promueven el respeto por su dignidad humana y por sus derechos fundamentales a la vida, a la integridad física, la salud, la seguridad social, la nacionalidad, etc.[3]. Tales derechos consagrados en el artículo 44 de la Carta, suponen para el Estado, la sociedad y la familia, el deber de asistir y proteger a los menores a fin de que logren el ejercicio pleno de sus derechos y su desarrollo armónico e integral[4].

Así, Se colige que sus derechos son prevalentes, lo que supone hermenéuticamente, que en el caso en que un derecho de un menor se enfrente al de otra persona, si no es posible conciliarlos”[5] prevalezcan los derechos de los menores. A su vez, la norma superior eleva a un nivel constitucional la protección de los niños frente a diferentes formas de agresión, como  pueden ser el abandono, la violencia física o moral, el secuestro, la venta, el abuso sexual, la explotación laboral y económica y los trabajos riesgosos[6].



Todo ello de consuno con las normas internacionales: «Reglas de Beijing», de 1985; las Directrices de las Naciones Unidas para la prevención de la delincuencia juvenil, «Directrices de Riad», de 1990; las Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad, de 1990; y la Recomendación Nº R (87) 20 del Comité de Ministros del Consejo de Europa, sobre reacciones sociales ante la delincuencia juvenil.

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos –integrado a la legislación interna mediante la Ley 74 de 1968-, que establece en su artículo 24 que todos los niños tienen “derecho, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, origen nacional o social, posición económica o nacimiento, a las medidas de protección que su condición de menor requiere, tanto por parte de su familia como de la sociedad y del Estado”[7].  La Convención de las Naciones Unidas de 1989, sobre los derechos del niño, ratificada por Colombia mediante la Ley 12 de 1992, al reconocer que, por sus condiciones particulares, el niño es un ser humano en estado de inmadurez física y mental que necesita “protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal,  tanto antes como después del nacimiento"[8]. La Convención sobre los Derechos del Niño, a su vez, ha establecido que los Estados Parte tienen el deber de adoptar “todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo”[9]



En el primer Código Penal Colombiano (1837) el artículo 106 se disponía que eran “excusables”[10] y no estaban por consiguiente sujetos a pena alguna, los que se encontraban en estado de verdadera demencia o locura, al tiempo de cometer la acción, o privados involuntariamente del uso de la razón.

En el código Colombiano de 1936, que rigió hasta 1980, la anterior concepción de la responsabilidad moral se cambió por la de “peligrosidad” y en consecuencia los enajenados, los locos, los menores y en general los inimputables, también respondían ante la ley criminal., pero en lugar  de recibir una pena, eran sometidos a medidas de seguridad.

Posteriormente, los menores de 16 años se someterán a jurisdicción y tratamientos especiales, para personas entre los doce y diez y seis años, mientras que los menores de doce quedan por fuera de la jurisdicción penal y su tratamiento quedó indicado en los artículos 5º y 6º del decreto 1858 de 1964



“Sistema de responsabilidad penal para adolescentes. El Sistema de responsabilidad penal para adolescentes es el conjunto de principios, normas, procedimientos, autoridades judiciales especializadas y entes administrativos que rigen o intervienen en la investigación y juzgamiento de delitos cometidos por personas que tengan entre catorce (14) Y dieciocho (18) años al momento de cometer el hecho punible” (Código de Infancia y Adolescencia).



Los mas exegéticos defienden el  reconocimiento a que los menores puedan ser sometidos a la jurisdicción de un tribunal (o de un juez) para que se resuelva su responsabilidad jurídica como consecuencia de la realización de una conducta penalmente reprochable, es entonces una realidad del derecho que no puede ser desconocida con el argumento de que los menores gozan de una protección especial por el Estado y la comunidad mundial. Ello más bien contribuye a que los Estados refuercen las medidas legislativas y administrativas para obtener que, en el desarrollo del proceso penal, se respeten con especial cuidado los derechos sustantivos y procesales del menor incriminado y se busque, antes que la imposición de sanciones represivas, la aplicación de medidas de índole educativa y resocializadora para alcanzar la integración social del menor. Estos objetivos; el de garantizar un proceso justo y respetuoso de los derechos del menor infractor y el de propender hacia su resocialización, se encuentran ampliamente modelados en los instrumentos internacionales. (C839-2001)

“(…)Sin perjuicio de la responsabilidad civil de los padres o representantes legales, así como la responsabilidad penal consagrada en el numeral 211 del artículo 25 del Código Penal, las personas menores de catorce (14) años, no serán juzgadas ni declaradas responsables penalmente, privadas de libertad, bajo denuncia o sindicación de haber cometido una conducta punible. La persona menor de catorce (14) años deberá ser entregada inmediatamente por la policía de infancia y adolescencia ante la autoridad competente para la verificación de la garantía de sus derechos de acuerdo con lo establecido en esta ley. La policía procederá a su identificación y a la recolección de los datos de la conducta punible.

Tampoco serán juzgadas, declaradas penalmente responsables ni sometidas a sanciones penales las personas mayores de catorce (14) y menores de dieciocho (18) años con discapacidad psíquico o mental, pero se les aplicará la respectiva medida de seguridad. Estas situaciones deben probarse debidamente en el proceso, siempre y cuando la conducta punible guarde relación con la discapacidad. (Código de Infancia y Adolescencia).



Ante el señalamiento de las ONG[i] humanitarias, vuelven a clamar los exegéticos: La institucionalización de una justicia de menores no constituye, per se, un atentado contra los derechos de los menores, ni va en detrimento del deber de protección que recae en la sociedad y el Estado.

Por fortuna, en su sabiduría, la Corte Suprema considera que su responsabilidad se concreta en las medidas de seguridad y obedece a los presupuestos legales de la tipicidad y de la anti juridicidad. Bien puede decirse que es el último bastión, en asuntos penales, de la llamada responsabilidad material u objetiva. (Sentencia del 8 de junio de 1989. Corte Suprema de Justicia)



Y refuerza la Corte Constitucional: “La responsabilidad penal es el compromiso que le cabe al sujeto por la realización de un hecho punible y conforme a la legislación vigente no existe duda alguna de qué esta se predica tanto de los sujetos imputables como de los inimputables. (Sentencia C-176 de 1993).



La palabra “Menor” está asociada a lo femenino. ¡La mujer es la gran responsable del hogar, de  los hijos! El arraigo de ciertos patrones culturales hace invisible e incluso niega el valor productivo, económico y social del tiempo de trabajo femenino destinado a la marcha del hogar, a la reposición de energías en el seno familiar y a la supervivencia de los hijos pequeños. El papel de lo masculino es el de castigador, legitimador o “ausentador”.



Vale decir, que en la sociedad de hoy, lo público y lo colectivo ha ido desapareciendo. Los políticos al hacer privados los recursos fiscales e institucionales del estado gracias al control que tienen sobre ellos hacen que lo público, se difumine  y el ciudadano pierda la noción de lo colectivo, de aquello que es de todos y que el estado debe tutelar y defender. Se van perdiendo los referentes simbólicos a través de los cuales los sujetos sociales nos sentimos parte constitutiva de una entidad mayor, que vas más allá del vecindario.

Sin referentes colectivos y públicos, la sociedad no es más que un agregado físico de individuos, se fractura el tejido social en pequeños poderes confrontados; el Estado se deslegitima, se pierde la credibilidad, se hace tierra de nadie, del más fuerte, el poder es una guerra ritual cada cuatro años y la seguridad, bien público por excelencia, que no puede delegar el Estado, se privatiza, cae en manos de particulares. Así privatizada la justicia nace en su expresión más dramática la impunidad.



Reconstruir lo público, desprivatizarlo, significa reconstruir la justicia. Devolverle al Estado el monopolio de las armas y garantizar el control público, significa que el  Estado deja de ser un factor de violencia.

En la era de la manipulación, el menor delincuente es víctima y mantiene como un INRI, el desarrollo de las tres leyes del lenguaje desarrolladas por Aristóteles: La identidad, el medio excluido[11] y la contradicción.

En ese orden de ideas, la ilusión humana más peligrosa y destructiva es la suposición de objetividad – una realidad, una verdad, una perspectiva -, a través de la cual se pueda percibir el mundo. En esa percepción influyen los prejuicios inconscientes, las creencias tradicionales y las suposiciones tácitas, influyendo significativamente en las decisiones.

La segmentación en público y privado de la sociedad moderna, teje una red con dos puntos referentes: el trabajo, la actividad productiva socialmente reconocida como canal de supervivencia y la familia, lugar de refugio donde se escapa a las miradas del exterior, ámbito que refracta las presiones sociales que cargan los menores en su búsqueda incesante de identidad y de inserción en un mundo legitimado como ordenamiento social.



Valdría, entonces, cambiar la manera de hacer la política, transformar la cultura, vista como práctica social, construir nuevos referentes simbólicos, una nueva ética, resultado de una búsqueda colectiva,  para lograr acuerdos sustanciales en torno a la familia, con acuerdos sustanciales frente a intereses generalizables que no pueden ser otros que la convivencia y la coexistencia social.

Es cierto que no existe democracia con hambre y que la justicia social implica soluciones reales e inversión pública, también es cierto que las salidas a la pobreza no pueden quedarse en el ámbito de un Estado padre, que otorga benévolamente a sus hijos menores las ayudas para que sobrevivan pero bajo la condición de no emanciparse y tomar en sus manos su propio destino; como lo que se ha venido haciendo con el programa Familias en Acción.



En el proceso de construir los actores sociales, debe haber un cambio de actitud de las partes- el que da y el que recibe-, la beneficencia y el paternalismo son rasgos de la sociedad tradicional, mantenidos en la sociedad moderna por la pervivencia de la pobreza; con eso se trata de conjurar el miedo a la revuelta, al cambio. ¡Debemos pasar a los niños… que ninguno pierda el año…” decía la Ministra de Educación (temerosa del decreto 1290), mientras los estándares internacionales de Pisa, dicen que nos falta mucho. Pero pensamos que con poco o ningún esfuerzo se logra. Porque tememos que la deserción sea alta y no sabemos cómo contenerla. Cuando es simplemente es aplicar la Constitución y decir que la educación es obligatoria para todos y que los padres deben asumir su corresponsabilidad; de lo contrario debe aplicárseles la justicia. ¡Para unas cosas el niño es un capaz relativo, pero para otras toma decisiones con capacidad plena, como dejar de estudiar sin que pase nada! claman algunas voces.

Se ha dicho que situar al menor infractor frente al delito, lo que constituye su responsabilidad, es para que éste tome conciencia que su conducta ha producido un perjuicio social; razón por la cual debe responsabilizarse del mismo y restituir el daño. Para ello gozará de todas las garantías procesales.

También se sabe que los padres son parte directa o indirecta del conflicto, razón para que respondan de las consecuencias de los comportamientos de sus hijos, en razón de la responsabilidad civil.



Allí es cuando puede aparecer el principio de oportunidad, el cual hace referencia a la desjudicialización o margen discrecional que los órganos de la Administración de Justicia poseen para ejercer o no la acción penal. El principio de oportunidad supone la no intervención penal cuando la escasa relevancia social del hecho o las específicas condiciones del menor hagan o innecesaria o perjudicial para su desarrollo psicoeducativo la adopción de cualquier tipo de sanción (Funes Artiaga y González Zorrilla 1980).



Cuando el mundo empezó a ver en el menor a una víctima, empezó a  apostar por un modelo de justicia reparadora sustentada en tres ideas fundamentales:

-          El delito es un conflicto entre individuos que produce un daño a la víctima, a la comunidad y a los propios infractores, siendo la misión del proceso judicial penal reparar todos estos daños.

-          El objetivo es crear paz en la comunidad reconciliando a las partes y reparando los daños ocasionados.

-           El proceso judicial penal debe facilitar la participación activa de las víctimas, infractores y sus comunidades para encontrar soluciones al conflicto.



Se referencia que, no obstante, si el menor no muestra una capacidad previa hacia la autorresponsabilización o de asunción de un compromiso formal en este sentido, no se le exime de la exigencia de responsabilización que la autoridad judicial pueda acordar, como resultado de un proceso legal.



En este sentido, la conciliación tiene por objeto que la víctima reciba una satisfacción psicológica a cargo del menor infractor, quien ha de arrepentirse del daño causado y estar dispuesto a disculparse. La medida se aplicará con un menor arrepentido y disculpado; con una persona ofendida con un perdón aceptado y otorgado. En la reparación, además de la satisfacción psicológica, el menor ejecuta el compromiso contraído con la víctima o perjudicado de reparar el daño causado, bien mediante trabajos en beneficio de la comunidad, bien mediante acciones, adaptadas a las necesidades del sujeto, cuyo beneficiario sea la propia víctima o perjudicado. (Martín López. Madrid 2003).  ¿Pero, lograremos sobreponernos a la cultura de la venganza? Aquí juega un papel importante el Estado, la familia y los medios en torno a la sinceridad y la expectativa.



 La sinceridad es una expectativa cultural básica transmitida por los medios de comunicación. Los modelos, los noticieros, los héroes y los villanos, todos en conjunto establecen un estereotipo de sinceridad nacional. Esa sinceridad ilustra las palabras y las imágenes. Nuestra sinceridad nacional está cimentada en la corrupción, las putas (ni siquiera es la prostitución como oficio, es la connotación femenina), el narcotráfico y la violencia.

Las expectativas influyen el comportamiento tanto de la persona que tiene la expectativa, como la persona sobre la que se tiene la expectativa. Poco importa si las expectativas son positivas o negativas: Las negativas de hecho estimulan muchos más comportamientos desviados. Las positivas hacen que los individuos ignoren los hechos negativos, las impresiones o los riesgos.

 La gente del común se siente incómoda al encontrarse con individuos estigmatizados, por ello trata de cubrir esta sensación con una bondad condescendiente. El estigmatizado con frecuencia desarrolla auto expectativas que se ajustan a las expectativas del otro. No se da cuenta que no es aceptado o de que se lo considera inferior. Las expectativas estereotípicas pueden evocar un comportamiento que refleja el estereotipo el cual, por lo general, provoca y refuerza un rechazo, una discriminación. Podría equivaler a que todo pobre es delincuente o un delincuente en potencia.

Así, a la pobreza estructural (perpetuada durante generaciones) se añade los “nuevos pobres” es decir, los desplazados de todo tipo (tierra- capital y trabajo) lo que generado la erosión de la familia como fundamento básico de la sociedad. Buena parte del rendimiento educativo de los niños está influido por las características de la familia (CEPAL, 1997). De allí se colige que el grado de organicidad de la familia, el capital educativo de los padres, la posibilidad e interés de los padres de dedicar horas al seguimiento de los estudios de los niños, el nivel de hacinamiento de la vivienda; muestran clara correlación con la actividad educativa. El resultado es un niño que se expone. En América latina según la OIT más de 17 millones de niños, menores de 14 años, trabajan. Lo que implica deserción escolar, exposición e inmersión en el mundo adulto. El mundo de la violencia. ¡Bienvenido a la anomia![12]

“(…) DERECHO A LA INTEGRIDAD PERSONAL. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a ser protegidos contra todas las acciones o conductas que causen muerte, daño o· sufrimiento físico, sexual o psicológico. En especial, tienen derecho a la protección contra el maltrato y los abusos de toda índole por parte de sus padres, de sus representantes legales, de las personas responsables de su cuidado y de los miembros de su grupo familiar, escolar y comunitario.[13]



La marginación social puede ser entendida como la situación psicosocial en la que se ve envuelta una persona en virtud de la insuficiencia de recursos, la precariedad o total ausencia de status social y la exclusión total o parcial de las formas de vida mínimamente próximas a las del modelo prevalente en la comunidad. ¡En Colombia, el menor es un marginado, un desplazado!

Marginación no es delincuencial, aunque una pueda conducir a la otra



De esta forma las descripciones de personalidad son una ficción. ¡Está juventud está perdida! ¡En mis tiempos había más respeto! Se perdieron los valores! Todos hacen lo que les da la gana!- Se elaboran para ajustar objetivos conscientes o inconscientes. Cada quien tiene creencias acerca de cómo son los demás. Tal parece que los seres humanos poseen la predisposición innata para evaluar y juzgar a otros con base en impresiones generales de bondad o maldad (Wilson Brayan 1989) Dichas percepciones pueden describirse como arquetipos[14] o estereotipos simbólicos. La evaluación de la personalidad tiene su origen en las generalizaciones. De esta forma la personalidad no importa cómo pueda explicarse en cualquier lugar o tiempo; está exclusivamente en los ojos del que evalúa y depende de los valores aceptados o rechazados en ese momento por los sistemas culturales. Es la relación sujeto- objeto de la filosofía. Son los noticieros ampliando el segmento de farándula y restringiendo la realidad nacional mas allá de la violencia al punto que el telespectador cree que no existen noticias positivas y que irremediablemente estamos condenados. Si el menor está en el foco es para generar pesar o ser victimizado, ampliando el nivel de condena del infractor. Garavito[15] es más odiado que Jorge 40[16]. No importa el número de víctimas  de uno u otro. El primero abusó de niños, el segundo fue determinador de miles de muertes, entre ellos niños. En las redes sociales aparecen informes como: “regístrate en facebook para comunicarte con el Mundo unido contra la libertad de Garavito el violador asesino de niños”. Garavito fue socialmente condenado; Jorge 40 es socialmente más aceptado, sin embargo llevó niños a la guerra, mató a los padres de estos, pero tiene mayor arraigo en las élites que le ayudaron en sus acciones, por ende semánticamente los diarios manejan diferente sus delitos con eufemismos. Existe otro lenguaje, el lenguaje de la marginación, una jerga elitista que trasciende para justificar porque el pobre es pobre y no tiene solución su círculo perverso. “(…) los amos halagan para reinar, y los siervos engañan para medrar; el despotismo se hace un Dios sin ateos; y la libertad se torna en una religión sin creyentes” (Vargas Vila 1973).

¿Cómo entender esta semántica de la guerra? El entendimiento solo se puede alcanzar por medio del lenguaje. Ley de la comunicación. Eso nos lleva  a vivir a merced de influencias de las que no estamos conscientes o no tenemos control, afectando nuestro comportamiento y destino.

Cuando las personas suponen que no son agradables, la mera suposición los incita a actuar de manera hostil, defensiva, suspicaz y agresiva. De manera tal que los individuos terminan siendo desagradables. ¿Qué le importa al menor? ¿Cómo era el menor hace  25 años en el romanticismo guevarista? ¿Hace 15 años en la época "escobarrodriguista"? E incluso ¿cómo es ahora, en la época de la virtualidad de las redes sociales?



Cabría una analogía, recordando a Michel Foucault en su historia sobre la demencia, locura y civilización, donde demuestra que ésta es una manufactura social, que ha ido cambiando a medida que las sociedades a través de los siglos ha ido buscando nuevas formas de tratar a los desviados. Eso mismo ha pasado con el menor.  Se rotulan las prácticas, políticas y comportamientos de los desheredados. Así poco a poco el estigmatizado se empieza a apartar de sus familias y grupos sociales. Aparecen los “nadies” de Galeano y el menor de hace delincuente.

Que no son seres humanos, sino recursos humanos.

Que no tienen cara, sino brazos.

Que no tienen nombre, sino número.

Que no figuran en la historia universal, sino en la

crónica roja de la prensa local.

Los nadies, que cuestan menos que la bala que los mata.



El menor es el Sísifo moderno. Se entrena para  empujar hacia la cima una enorme roca de esperanza buscando su identidad, proyecto de vida, aceptación, felicidad y satisfacción, todos hacen porque el esfuerzo sea mínimo. Pero el estereotipo, el prejuicio o arquetipo incide en su autoestima de manera negativa hasta hacer devolver la roca. “El gran enemigo de la verdad no es la mentira – deliberada, inventada y deshonesta-, sino el mito-, persistente, persuasivo, y realista-. A menudo  nos atamos demasiado a las desgastadas frases de nuestros antepasados. (JF Kennedy 1962).



El niño es enfrentado a la realidad de manera temprana. No tiene tiempo de jugar al niño, por eso no que más remedio que jugar al adulto, de legitimarse como ¡un varón!. Así el comportamiento normal se torna perversamente anormal o viceversa; luego de un escrutinio las verdades absolutas son desenmascaradas, como las mentiras. Por eso la incertidumbre es la única certeza. Bien lo pinto el Tiziano en Amor sagrado y profano[17]. Una paradoja verbal semejante se presenta en todas las suposiciones de valor dual.



El teórico de la comunicación Marshall McLuhan explicaba como los jóvenes viven hoy en casas sin muros. La autoridad paterna es demasiado permeable. Los jóvenes viven a un ritmo nervioso de mensajes y estímulos que impide reflexionar. A la carencia de diques familiares, se une un sistema educativo a la deriva: profesores como meros interlocutores de programas ineficientes. Amenazados, atados por los fantasmas de la cobertura y la deserción.



La antropología ha establecido que en todas las sociedades la organización de las pautas de conducta se realiza en términos de status y roles. Los status son las posiciones que en abstracto la sociedad define en términos de un conjunto de deberes y derechos. El rol es la parte dinámica del status y supone el cumplimiento efectivo por un individuo, de los deberes y derechos correspondientes al status. El status existe independientemente de los individuos que son los ejecutores del rol al desempeñar sus deberes y derechos, ya que la desaparición de la persona no significa la desaparición del status. Tanto el status como el rol se diferencian en dos tipos básicos: adscritos y adquiridos, en el uno se fundamenta los factores o características que nacen con él o que son inmodificables o su modificación no depende de su voluntad (sexo. Edad. Parentesco. Casta. Raza etc.)

Luego viene el prestigio entendido como valor cultural otorgado al status y el poder entendido como capacidad para determinar la conducta de otras personas y hacer que ellas realicen ciertos comportamientos: ¡Mayor status, mayor poder!



Se enmarañan las posiciones, los derechos y deberes y así las identidades sexuales son logradas en ámbitos diferentes: la niña constituye su identidad de mujer junto a su madre, el niño busca su identidad de hombre en la externalidad de lo doméstico. Esos niños están en el universo de lo público; las niñas en lo domestico, no se registra su aporte en lo público, por su condición de subordinada. La calidad d la mujer se cimentó en la virginidad en la sexualidad (embarazo, parto, nacimiento, muerte, enfermedad, alimentación). Así como la mujer delincuente se sustentó en un tatuaje al estilo Lombrosiano[18].

El niño a partir de esos status y roles es permeado por las relaciones internas de la pareja, la cual tiene un amplio componente religioso:

1.    Relación sexual (hombre-mujer)

2.    Relación conyugal (esposo-esposa)

3.    Relación pedagógica (padre-madre)

En esta última se tipifican genéricamente cuatro estructuras:

a.    Padre autoritario, madre condescendiente

b.    Madre autoritaria, padre condescendiente

c.    Padre y madre condescendientes

d.    Padre y madre autoritarios

Muchos estudios indican que en Colombia predomina la estructura de Padre autoritario, madre condescendiente y sumisa, sometida al marido. En muchos casos un proveedor de mercado o sexual. El padre está ausente afectivamente de los hijos y delega a la madre toda la responsabilidad de la educación intra-hogar y de relación en los centros educativos.



Un padre ausente del mundo afectivo, deja en sus hijas mujeres un vacío de presencia masculina y propicia una excesiva influencia de la madre creándole una hipersentimentalidad emocional. Esas niñas buscarán luego en otros jóvenes relaciones de protección y seguridad, impulsándolas a enamorarse de una manera desequilibrada.

El padre ausente en la vida de un niño, deja el vacío del patrón masculino, el que tiene que descubrir por si solo cuando llegue a la adolescencia. En este caso la influencia de la madre le crea resentimientos internos por la línea disciplinaria que tiene que ejercer con él, lo que manifestará más tarde en actitudes de agresividad y revancha frente a la mujer; la buscará por lo supe femenino de su  estructura afectiva y al mismo tiempo tratará de dominarla sexualmente, para vengar en ella la mujer dominadora de su infancia. ¡Una mujer víctima de otra mujer!. ¿Machismo?



A Ramona Caraballo la regalaron no bien supo caminar.

Allá por 1950, siendo una niña todavía, ella estaba de esclavita en una casa de Montevideo. Hacía todo, a cambio de nada.

Un día llegó la abuela, a visitarla. Ramona no la conocía, o no la recordaba. La abuela llegó desde el campo, muy apurada porque tenía que volverse enseguida al pueblo. Entró, pegó tremenda paliza a su nieta y se fue.

Ramona quedó llorando y sangrando.

La abuela le había dicho, mientras alzaba el rebenque:

- No te pego por lo que hiciste. Te pego por lo que vas a hacer.

EDUARDO GALEANO



En la adolescencia se observan cambios extremos, bien sea por las transformaciones de su cuerpo o el entorno. Se desenvuelven con oscilaciones como excitación y depresión; trabajo y ocio; buen humor y llanto. Entre la sociabilidad y la insociabilidad; entre confianza y desconfianza de sí mismo; entre la vida heroica y la sensualidad.



“(…) No se puede pedir que un niño de 15 años como Carlos sienta arrepentimiento, al fin y al cabo está mentalizado para la muerte, quien no le importa su propia vida, mucho menos valorará la ajena.  Mañana será otro NN, un cadáver ajusticiado quizás por los mismos a quien sirve, tal vez sus padres nunca se den cuenta, o sus hermanas sean unas profesionales, pero el sueño de Carlos de brindarles comodidad queda en manos del Gobierno.

Paradójicamente Carlos tiene una opción, él sabe que es menor de edad, al menos eso le enseñaron: “Yo sé que salgo de esto rápido y ya resultará qué hacer”.  Mientras tanto en muchos lugares de Colombia, seguirán existiendo seres con el objetivo de la “mecha” y la “melona”.[19].(La Patria, 1999)



En esta simbiosis de Status y roles mal conjugados, los entendidos determinan las categorías tipológicas de los menores delincuentes:

Primera categoría

a.    Menores delincuentes por psicopatías[20]

b.    Menores delincuentes por neurosis[21]

c.     Menores delincuentes por auto referencias subliminadas de la realidad[22]



En la segunda categoría estarían:

a.      los Menores delincuentes con trastorno antisocial de la personalidad: Con hiperactividad, excitabilidad, ausencia de sentimiento de culpa, culpabilidad con los animales y las personas, fracaso escolar;  poco o nada comunicativos.

b.    Menores delincuentes con reacción de huida: En este caso se trata normalmente de menores que han sufrido maltrato en el hogar y por ello abandonan el mismo. Son menores psicológicamente débiles, y que en lugar de responder a la agresión, eligen la huida sin plazos, y casi siempre sin rumbo



Tercera categoría

Se incluye a aquellos menores delincuentes que presentan rasgos de personalidad estadísticamente normales o próximos a la normalidad. Afectados por situaciones disfuncionales que no perturban de manera especialmente anormal, ni la conciencia, ni la capacidad espontánea de decisión ni la emotividad o afectividad

a.        Vándalos

  1. Los que cometen pequeños hurtos, robos o fraudes por motivos de autoafirmación personal frente a compañeros, creyendo suscitar en ellos admiración.
  2. Los que cometen delitos contra el patrimonio o la indemnidad sexual por puro placer, siendo incapaces de resistir a sus estímulos seductores.
  3. Los que delinquen para satisfacer meras apetencias consumistas.



En las tres se combinan factores psicológicos que  referencian deficiencias y  anormalidades patológicas de interacción social; familiares o presiones de grupo frente al capital social. Consecuencia de ello, es que el menor es incapaz de adaptarse a su contexto y actuar como tal, porque el trastorno de la personalidad que sufre, le impide inhibirse respecto de conductas o comportamientos contrarios a las normas. (HERRERO HERRERO).



El capital social (Robert Putman 1994) está integrado por los siguientes elementos básicos:

Ø  El clima de confianza existente entre los miembros de una sociedad: Dicho clima incide profundamente en múltiples aspectos como, entre otros: el grado de cohesión social, las expectativas mutuas, el nivel de pleitismo (cuanto mejor es el clima de confianza menores los costos en que una sociedad incurre para crear instancias arbitradoras y sancionadoras de conflictos), la capacidad de concertación entre Estado y sociedad civil.



Ø  El grado de asociatividad: La medida en que los miembros de una sociedad forman parte de organizaciones de todo orden, y participan activamente en ellas, y su capacidad para crear esfuerzos asociativos de toda índole y desarrollar sinergia.



Ø  El nivel de “conciencia cívica”: Las actitudes básicas de los miembros de una sociedad hacia lo colectivo, que van desde cumplir correctamente con sus obligaciones impositivas, hasta seguir las reglas sobre la preservación del aseo en los lugares públicos.



A estos componentes se han sumado otros en el activo de exploración en marcha sobre este amplio concepto:



Ø  Los valores en los que cree y practica una sociedad

Ø  La cultura que moldea sus percepciones, tabúes, mitos, formas de razonamiento, comprensión del mundo y de la realidad

La investigación comparada ha arrojado evidencias muy firmes respecto a cómo estos factores inciden fuertemente en el desarrollo económico, el desarrollo social, la estabilidad política y la gobernabilidad democrática.



Entre otros aspectos se han establecido los siguientes vínculos:



Ø  Existe correlación econométrica importante entre el clima de confianza y las normas de cooperación cívica por un lado, y el crecimiento económico de mediano y largo plazo por el otro (Knack y Keefer, 1996).



Ø  Hay fuerte  correlación, a nivel comparado internacional entre el clima de confianza y factores como la eficiencia judicial, la ausencia de corrupción, la calidad de la burocracia, y el pago de los impuestos (La Porta, López de Sillanes, Shleifer y Vishny, 1997).



Ø  El capital social acumulado en una familia influye en el rendimiento educativo de los niños (Teachman, Paasch y Carver, 1997).



Ø  La familia, unidad básica del capital social, influye según ya se ha mencionado anteriormente en múltiples dimensiones, desde la absorción de inmigrantes  (Hagan, Mac Millán y Wheaton, 1996), hasta la criminalidad (Wilson, 1994).



Ø  El grado de asociatividad, la participación, o no, en organizaciones, incide en el rendimiento económico diferenciado de microempresas de pobres (Narayan y Pritcher, 1997).



Incluso en la literatura colombiana existen referencias a retratar pedazos de la historia del menor afectado por las prácticas adultas, así sea en el realismo mágico de García Márquez.

Cuando José Arcadio regresa de Roma toma como distracción el recoger niños en el pueblo para que jugaran en la casa. Aparecía con ellos a la hora de la siesta y los hacía saltar la cuerda en el jardín, cantar el en corredor y hacer maromas en los muebles de la sala, mientras él impartía normas de buen comportamiento. Hasta entrada la noche se les escuchaba a los niños cantar, bailar y de allí surgieron corruptas conductas. El, que aspiraba a Papa y tenía amaneradas formas, obliga prácticamente a niños a que lo afeiten, le den masajes con toallas calientes, le corten y pulan las uñas. Los niños salían desnudos y se bañaban en champaña. Arrepentido expulso a los cuatro niños y estos, en venganza, ingresaron por el tejado, lo ahogaron en la alberca y de paso se llevaron siete mil doscientos catorce doblones. (Cien años de soledad páginas 308 y ss.).



El General Zacarías nunca puede olvidar una víctima de doce años: (…) me hacía brotar los capullos del pecho, sin necesidad de caramelos… ese hombre sano y triste (¿) enjugaba con pan las primeras salsas de adolescente… con una ansias y una generosidad de viejo que nunca volví a encontrar…” para poderla sustraer de las garras del corruptor, fue necesario sacarla del país (otoño del patriarca, ob, cit, Ps 346 y s.s)



Cuando “Divina Flor”, hija de Victoria Guzmán, cocinera de la casa de los Nassar, se sabía destinada a la cama furtiva de Santiago Nassar, como su madre lo fue de la de Ibrahim. Cuando la pequeña se encontraba sola por los rincones de la casa, Santiago se dedicaba a realizar tocamientos libidinosos, claramente configurativos  del delito de corrupción… Me agarró toda la panocha, confiesa Divina Flor. Era lo que hacía siempre cuando me encontraba sola por los rincones de la casa… (Crónica de una muerte anunciada, ob, cit.;ps18 s.s.)



Igual se podría citar a Pilar ternera y el proxenetismo o la forma como Nelson Farina vende a su hija en “Muerte constante más allá del amor”. O lo ocurrido con Memé en “La Hojarasca” (Págs. 104-105).



Digamos que el capital social es el empoderamiento de los diversos actores sociales y su contradicción inmersa la proyección del menor delincuente. ¿Cuántos querían ser “el capo”?. La novela tuvo tanta audiencia porque el grado de manipulación propagandística fue alto, la abstracción de la realidad al sueño, que adormece para vivir otras vidas es apológico; aunque sean de ficción o evidencia de un hombre común, que tomó el camino que muchos ven como el único para romper el círculo. No había restricción de horarios, en un país donde el tema “de la supervisión de un adulto…” es simplemente retórica. ¿Acaso en sin “tetas no hay paraíso” las niñas no vieron un filón; en un mundo donde la virginidad perdió su valor y encanto y el cuerpo es una herramienta más de supervivencia que justifica todo?. Esa proyección la llamó McLuhan “La narcosis de Narciso”. El niño no tiene la misma concepción de la muerte del adulto. El adulto trata de vivir una doble vida, de perpetuarse, al proyectar sus deseos en el niño. Para el adulto la muerte es una pena, una pérdida. Para el niño una liberación.



“Yo los odio por dejarme fuera de todas sus diversiones y no me vengan a decir que es por mi culpa, porque no lo es. Ustedes tenían mi número telefónico y yo pregunté y todo, pero no, no., no, no me digan que el raro ese de Erick…Los odio por excluirme de tantas cosas. Los odio y será mejor que me tengan miedo ¡Odio! Estoy lleno de odio y me encanta. La naturaleza humana de la gente es su muerte".

Quien así escribía en su diario era  Eric David Harris, quien con  Dylan Bennet Klebold fueron los estudiantes del instituto Columbine que mataron a doce estudiantes y un profesor el martes 20 de abril de 1999 en la llamada Masacre del instituto Columbine.





“Un estudiante tomó el lunes 20 de noviembre de 2010, como rehenes a 23 alumnos y a una profesora en un instituto de Marinette, en Wisconsin (EEUU) intentó suicidarse con un disparo después de que quedasen liberados todos los secuestrados.

El estudiante, cuya identidad no fue revelada pero que tiene tan sólo 15 años, tenía dos armas de fuego y apretó el gatillo cuando la policía entró en la clase para detenerlo tras cinco horas de secuestro y negociaciones con el autor.

Un amigo de la familia del autor del secuestro describió al estudiante como "uno de los niños más encantadores" que ha conocido y que, a pesar de que tenía "algunos problemas en el colegio", desconoce la razón por la que el joven ha llegado a este límite. (ElMundo.es. 2010)



Si en todo lo que tiene que ver con el menor existe una corresponsabilidad social, familia, Estado y sociedad. La primera pregunta ¿cuál sería el orden de esa corresponsabilidad? Tradicionalmente se habla de dos tipos de socialización y la última ratio como el sistema penal. Pero, la segunda pregunta: ¿acaso el Estado no debe procurar las condiciones sociales para que el menor pueda desarrollarse en un ambiente armónico? Esa mesa de tres patas: ESTADO – FAMILIA Y SOCIEDAD está coja. ¡Libre albedrio!



El joven vive cada día más fuera de su ambiente familiar y las modificaciones físicas y personales que le aproximan a los adultos, le confieren una mayor independencia.

En  el ámbito mundial las causas de violencia hacia los niños, las resume el Dr. Willie MC. Caney, en la Revista Crónica de la Asociación Internacional de magistrados de la Juventud y de la Familia y ellas son, entre otras, las siguientes:



A) Los Niños y la Guerra: Dos millones de niños han muerto en los conflictos armados de este último decenio y el número de niños gravemente heridos o incapacitado de por vida es tres veces más elevado. Millones de niños han sido traumatizados de por vida a causa de la guerra, el hambre, la violencia sexual y, para muchos, la experiencia traumática de ser forzados a combatir.

B) La explotación sexual como comercio de niños: La explotación sexual, por medio de la prostitución, la pornografía de menores y el tráfico de niños es demasiado frecuente tanto en los países industrializados, como en los países del Tercer Mundo.

C) Los niños abandonados: Según la UNICEF, hay cerca de 100 millones o más de niños abandonados en el mundo. Son los llamados o conocidos niños de nadie. No han elegido libremente vivir en la calle. Muchos han huido de situaciones graves de abusos físicos y sexuales dentro de la familia. En muchos casos son hijos de madres solteras sin recursos para sobrevivir.

D) Los niños que trabajan: La O.I.T. estima que más de 250 millones de niños trabajan en el mundo entero. Se trata habitualmente de niños de 5 a 14 años de edad, pero en algunos casos se llegó a detectar niños de 3 y 4 años, que son explotados en trabajos industriales peligrosos o en el comercio sexual. Son expuestos a largas horas de trabajo, a varias enfermedades y a abusos físicos y sexuales y no incluimos el trabajo doméstico que es generalmente oculto y que en muchas situaciones no se consideran como trabajadores

E) Maltrato con base en la tradición o la religión: En el año 1996 la oficina de AUSTRI de la Sociedad Anti Esclavitud señaló que más de 30.000 niñas se encontraban en situación de esclavitud en África occidental, sometidas a trabajos duros, malnutrición, violencia y violación. Estas niñas, víctimas de una tradición desde el siglo XIV son confiadas a jefes religiosos o a médicos brujos como esclavas “fetiches”, a menudo esta práctica es un castigo para un acto cometido por miembros de sus familias, el más frecuente de hombres.

F) La extrema pobreza: Según la UNICEF. Cerca de 700 millones de niños en el mundo entero viven en extrema pobreza y la cifra va en aumento. La mala nutrición de los niños es causa de su muerte prematura y la incapacidad. Estos niños no crecen bien sufren de enfermedades en forma frecuente y las mismas son graves.



Expresaba que la muerte para el niño delincuente es una liberación ya que el adulto vive para la inmortalidad. El niño quizás ve la vida en blanco y negro. El adulto en colores.

Cuando piensa, desde su religión, que existe una vida “más allá”, ese hombre se cree inmortal. Entonces tiene tres tipos de muerte:

1.    la muerte física, es decir, la separación del compuesto alma-cuerpo;

2.    la muerte moral del alma, como consecuencia del pecado original, o del pecado mortal (en este sentido podemos decir que el pecado es la "muerte del alma";

3.    La "muerte eterna" de la condenación, que el apóstol San Juan llama, en contraposición a los dos primero tipos de muerte, "muerte segunda"



Cuando no se mira la muerte desde la literatura bíblica se encuentra otro significado:



1.    "La muerte como evento: Suceso obtenido como resultado de la incapacidad orgánica de sostener la homeostasis. Dada la degradación del ácido desoxirribonucleico (ADN) contenido en los núcleos celulares, la réplica de las células se hace cada vez más costosa.

2.    La muerte como contraste: Es el fin de la vida, opuesto al nacimiento. El evento de la muerte es la culminación de la vida de un organismo vivo. Sinónimos de muerte son occiso (muerto violentamente), óbito, defunción y fallecimiento. (Wikipedia)




“(…) Carlos tiene la seguridad de lo que dice, no hay muestras de arrepentimiento en lo que ha hecho, sabe que no había más opción, sabe que tiene que morir, pero también intenta ganar cada minuto de su vida con la esperanza de entregar el dinero para que su familia logre salir de la ratonera. “Mire, a nosotros nos enseñaron hace mucho tiempo que el vestido es la casa de cada cual, que uno es lo que lleva puesto, por eso se vive, para la “mecha” (vestido) y la “melona” (la comida), pero se tiene la esperanza de llevar un buen billete a la casa para que los cuchos no pasen necesidades y las chinas estudien y no se dejen “papiar” de cualquier malparido que las quiera “escamotiar”, entonces uno es varón y responde…2 (La Patria 1999)



En la mayoría de casos el menor delincuente es invisible. Las estimaciones del número de niños que participan en el rango de los grupos armados ilegales es de 8.000 según el Ministerio de Defensa, a 11.000 según las fuentes non-gubernamentales. 

Muchos tratan de mitigar el destino. Unicef aporta estos datos de lo realizado en Colombia:

Durante el 2009, 88.140 niños, niñas y adolescentes (58% niños y 42% niñas) participaron, directamente, en proyectos de prevención de vinculación a grupos armados ilegales, en 18 departamentos. 1.437 jóvenes de bandas delincuenciales, combos y parches de Medellín (1.199 hombres y 238 mujeres) y 800 de pandillas de Pasto (552 hombres y 248 mujeres), participaron en proyectos similares. 14.151 niños, niñas, adolescentes y jóvenes practicaron el Golombiao, el juego de la paz que busca promover la convivencia y prevenir la violencia.

25.837 niños, niñas y adolescentes (12.601 niños y 13.236 niñas) afectados por la violencia armada han sido apoyados por UNICEF y sus contrapartes para la garantía de sus derechos. De los beneficiados 11.144 (43%) son indígenas y 7.110 (28%) son afrocolombianos.

247 jueces y fiscales del sistema de responsabilidad penal fueron capacitados para la aplicación del Código de Infancia y Adolescencia. En eventos asistidos técnicamente por UNICEF, alrededor de 2.000 funcionarios del Sistema de Bienestar fueron informados y capacitados sobre los principios básicos del Código de Infancia y Adolescencia. UNICEF apoyó a la Registraduría Nacional del Estado Civil para la inscripción de nacimiento de 30.462 niños y niñas afectados por desastres naturales o por el conflicto armado. En el marco de estas actividades, otros 49.359 niños, niñas y adolescentes recibieron su tarjeta de identidad durante el 2009.



Para saber sobre el menor delincuente basta solo una mirada al Bronx, solferino o barrio Triste.

Pero si es una realidad que, mientras los niños malos se enfrentan cara a cara con el hambre, la desnudez y el frio en una ruleta de muerte- muerte. Los niños buenos se aprestan a ver como Harry Potter llega a enfrentarse cara a cara, a vida o muerte al temido Lord Voldemor





[1] La Convención sobre los Derechos del Niño en su artículo 4, consagra lo siguiente: “Los Estados Partes adoptarán todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la presente Convención. En lo que respecta a los derechos económicos, sociales y culturales, los Estados Partes adoptarán esas medidas hasta el máximo de los recursos de que dispongan y, cuando sea necesario, dentro del marco de la cooperación internacional”...
[2] La Convención sobre los Derechos del Niño, artículo 3, señala al respecto lo siguiente: “1. En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.  // 2. Los Estados Partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas (…)”.

[3] Sentencia C- 273 de 2003. M.P. Clara Inés Vargas Hernández.
[4] Articulo 44 C.P.:Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia.  //La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos. Cualquier persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de los infractores. //Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás.
[5] Sentencia C-092 de 2002. M.P. Jaime Araujo Rentaría
[6] Sentencia C-092 de 2002. M.P. Jaime Araujo Rentaría
[7] Según la sentencia C-157 de 2007. (M.P. Marco Gerardo Monroy Cabra). Ver la sentencia C-203 de 2005.
[8] Sentencia C-157 de 2007. Marco Gerardo Monroy Cabra.
[9] El artículo 19 de la Convención sobre los Derechos del Niño reza lo siguiente: // “1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo.  //2. Esas medidas de protección deberían comprender, según corresponda, procedimientos eficaces para el establecimiento de programas sociales con objeto de proporcionar la asistencia necesaria al niño y a quienes cuidan de él, así como para otras formas de prevención y para la identificación, notificación, remisión a una institución, investigación, tratamiento y observación ulterior de los casos antes descritos de malos tratos al niño y, según corresponda, la intervención judicial”.
[10] Las personas llamadas “normales” o “imputables” reciben en derecho penal, diversos tratamientos de aquel que reciben los “”anormales” o “inimputables y los menores de edad
[11] Idea de Aristóteles “Todo debe ser o no debe ser”. El pensamiento debe ser verbal; los individuos pueden sentir pero no pueden pensar sin palabras. Los que conocen esta ley pueden crear la fantasía de que conocen con precisión, en un momento dado dónde son o no son las cosas. La fantasía de que cada cuestión sólo tiene dos caras permite que la verdad pueda ser alcanzarse fácilmente. El mundo nunca será un lugar simple. Cuando los objetos o las personas son percibidos como éste o aquél, ni éste no aquél, se proyectan ilusiones de una realidad simple de valores dobles.
[12] La anomia, que etimológicamente significa sin ley, es en realidad un caso específico de desviación, porque los comportamientos disconformes tiene origen, en muchas ocasiones, en un contexto anómico.

[13] Ley-Nº. 1098 -"Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia”.
[14]  Quiere decir “modelo Original”, muchas teorías afirman que los significados arquetípicos simbólicos sin innatos, atributos heredados genéticamente y que están presentes en todos los sentidos (vista, oído, olfato, gusto, tacto). Fueron discutidos por primera vez en los escritos de San Agustín. Los arquetipos son comunes a todas las culturas... el principio (la reproducción, el nacimiento la reencarnación) fin ( la muerte, real o simbólica)
[15] Luis Alfredo Garavito Cubillos es uno de los asesinos en serie más prolíficos de Colombia y del mundo. Garavito fue diagnosticado con Trastorno de Personalidad Antisocial (TPAS) con factores psicológicos asociados como: * Ausencia de miedo. Ausencia de remordimiento. * Autoestima distorsionada. Búsqueda de sensaciones. Cognición de Deshumanización de la víctima. Desconsideración o distorsión de las consecuencias. Egocentrismo. Impulsividad. Locus de control externo. Manipulación ajena. Motivación de auto justificación. Según la Fiscalía General de la Nación sentenció que todas las condenas de Garavito suman 1.853 años y 9 días

[16] Rodrigo Tovar Pupo, alias ‘Jorge 40’, se encuentra detenido en Estados Unidos, a donde fue extraditado el 14 de abril de 2008 junto con otros ex jefes paramilitares. Los hechos a imputar están relacionados con homicidios, masacres, desaparición forzada, tráfico y porte ilegal de armas, secuestro, hurto, reclutamiento de menores, tortura, terrorismo, todas cometidas en concurso (concierto para delinquir) y del cual resultaron como víctimas directas 533 personas, la gran mayoría de las cuales se encontraban en estado de indefensión y eran civiles protegidos por el DIH.
[17] La obra retrata a dos mujeres sentadas a la orilla de un pozo: una, la que está vestida apropiadamente y por completo, es la “sagrada” la otra, desnuda y voluptuosa, es presuntamente la “profana”. Cuanto más sagrada la considera el observador; mas profana se convierte. El observador se percata que las dos mujeres son una sola pero pintada dos veces. Tanto lo sagrado como lo profano aparecen como cualidades inherentes a todas las mujeres.
[18] Síntesis de la teoría de cesare Lombroso de la mujer delincuente:
1. la mujer ocupa un lugar inferior en la escala evolutiva
2. características de las mujeres delincuentes:
  • las mujeres no sienten pena y por tanto son insensibles a las penas de los demás
  • falta de refinamiento moral
  • estos defectos se neutralizan por la piedad, maternidad, necesidad de pasión, frialdad sexual, debilidad e inteligencia menos desarrollada
3. las mujeres delincuentes parecen hombres
4. importante delincuencia femenina oculta
5. las mujeres delincuentes son más viciosas que los hombres

[19]Un niño Carne de Cañón”. Diario La Patria 22 de abril de 1999. La historia de Carlos un niño que fue utilizado para  transportar,  por encargo, una bomba hasta el Edificio el Japón de La Dorada – Caldas, durante la guerra entre Pablo Escobar y el paramilitarismo del magdalena medio.

[20] Incapacidad de quien la padece de sentir o manifestar simpatía o alguna clase de calor humano para con el prójimo, en virtud de la cual se le utiliza y manipula en beneficio del propio interés, y de la habilidad para manifestarse con falsa sinceridad

[21] La neurosis consiste en una grave perturbación del psiquismo de carácter sobrevenido y que se manifiesta en desórdenes de la conducta, pudiendo ser su origen muy diverso como fracasos, frustraciones, abandono o pérdida de seres muy queridos, etc.

[22]Mezclar fantasía y juego de una forma tan intensa que empiezan a vivir fuera de la realidad